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lunes, 15 de marzo de 2021

VOCACIÓN AL AMOR




La vocación al amor, categoría central en el magisterio de Juan Pablo II, nos remite primariamente al acto creador, donde Dios, que “es amor y vive en sí mismo un misterio de comunión personal de amor”[1], al crear por amor al hombre, a su imagen y semejanza (cf. Gn 1,26), “lo llama a una íntima relación de amor”[2], tratándose así de “una vocación originaria, anterior  a cualquier elección humana, que está inscrita en su propio ser, incluso en su propio cuerpo”[3].

Cuando el hombre descubre que Dios le ha llamado al amor, hace de su vida una respuesta a este fin[4], porque Dios “no nos impone un sentimiento que no podamos suscitar en nosotros mismos”[5]. Pero cuando el hombre no hace experiencia del amor su vida queda privada de sentido[6]. De este modo, Familiaris Consortio se torna sugerente al afirmar que “Dios inscribe en la humanidad del hombre y de la mujer la vocación y por consiguiente la capacidad y responsabilidad del amor y de la comunión. El amor es por tanto la vocación fundamental e innata de todo ser humano” (n. 11).

Para poner de relieve que la primera vocación del ser humano es el amor, y según la Revelación cristiana, existen dos modos diversos de vivirla: el matrimonio y la virginidad. Tanto el uno como el otro, «son dos modos de expresar y de vivir el único Misterio de la Alianza de Dios con su pueblo» y «la concretización de la verdad más profunda del ser humano, de su “ser imagen de Dios”»[7].

Sin embargo, la vocación al amor ha quedado lesionada con la caída del hombre en el pecado:

“La imagen de Dios que se ha manifestado en el amor humano se ha oscurecido; al hombre caído le cuesta comprender y secundar el designio de Dios. La comunión de personas se experimenta como algo frágil, sometido a las tentaciones de la concupiscencia y del dominio (cfr. Gén 3,16). Acecha constantemente la tentación del egoísmo en cualquiera de sus formas, hasta el punto de que «sin la ayuda de Dios el hombre y la mujer no pueden llegar a realizar la unión de sus vidas en orden a la cual Dios los creó ‘al comienzo’»”[8].

Ante este oscurecimiento del amor humano, “Cristo, el nuevo Adán, en la misma revelación del misterio del Padre y de su amor, manifiesta plenamente el hombre al propio hombre y le descubre la sublimidad de su vocación”[9]. Es decir, Cristo al tomar la condición humana y haber entregando su vida para la redención del mundo, en cierta manera se une con toda la humanidad salvada por él[10], le “devuelve al corazón del hombre la verdad original del plan de Dios y lo hace capaz de realizarla en medio de las oscuridades y obstáculos de la vida”[11].

Vocación al matrimonio y Caridad Conyugal

El matrimonio es una respuesta al llamado específico a vivir el amor conyugal como signo imperfecto del amor entre Cristo y la Iglesia (cf. AL n. 72). Como tal, no es un

“efecto de la casualidad o producto de la evolución de fuerzas naturales inconscientes; es una sabia institución del Creador para realizar en la humanidad el designio de su amor. Los esposos mediante su recíproca donación personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus seres en orden a un mutuo perfeccionamiento personal, para colaborar con Dios en la generación y la educación de nuevas vidas”[12].

El matrimonio no tiene que ser visto como una simple institución social, ni como remedio para las debilidades humanas. Es una vocación sobrenatural[13] que Dios inscribe en la humanidad del hombre y de la mujer, con la capacidad y la responsabilidad del amor y de la comunión[14], de modo que

“el hombre y la mujer, que por la alianza conyugal ya no son dos, sino una sola carne (Mt 19,6), se prestan mutuamente ayuda y servicio mediante la unión íntima de sus personas y sus obras, experimentando el sentido de su unidad y lográndola más plenamente cada día”[15]

Esto nos permite entender la caridad conyugal como

“el amor que une a los esposos, santificando, enriqueciendo e iluminando por la gracia del sacramento del matrimonio. Es una «unión afectiva», espiritual y afectiva, pero que recoge en sí la ternura de la amistad y la pasión erótica, aunque es capaz de subsistir aun cuando los sentimientos y las pasiones se debiliten” (AL n. 120).

El Concilio Vaticano II, que ha puesto las bases para las reflexiones actuales sobre la caridad conyugal, afirma que ésta es obra del creador, provista de leyes propias, establecida sobre la alianza de los cónyuges y ordenada a la procreación y educación de la prole. Además, no se puede desestimar que la naturaleza misma del matrimonio, imagen esponsal de Cristo con su Iglesia, «exige plena fidelidad conyugal y urge su indisoluble unidad», porque los dos, marido y mujer, forman una sola carne (cf. Mt 19,6) en virtud de la alianza matrimonial[16].

Familiaris Consortio manifiesta que el amor conyugal, “modo propio y específico con que los esposos participan y están llamados a vivir la misma caridad de Cristo que se dona sobre la cruz” (n. 13),

“hunde sus raíces en el complemento natural que existe entre el hombre y la mujer y se alimenta mediante la voluntad personal de los esposos de compartir todo su proyecto de vida, lo que tienen y lo que son; por esto tal comunión es el fruto y el signo de una exigencia profundamente humana” (FC n. 19).

En la maduración de la doctrina sobre la caridad conyugal Humanae Vitae nos regala las características esenciales del amor humano, que al mismo tiempo es sensible y espiritual y, por ende, es un amor total sin reservas ni egoísmos, fiel y exclusivo hasta la muerte y, por último, es un amor fecundo destinado a la generación de nuevas vidas[17].  

Autor: 

Pbro. Franklin Quezada S. 



[1] Catecismo de la Iglesia Católica (11 de diciembre de 1992), n. 2331.

[2] Juan Pablo II, Mensaje para la XXXVIII jornada mundial de oración por las vocaciones (6 de mayo de 2001): Edice, 2008, p. 15

[3] Conferencia Episcopal Española, Directorio de Pastoral Familiar (21 de noviembre de 2003). n. 28

[4] Cf. Ibíd. n. 29.

[5] Benedicto XVI, Carta Encíclica Deus Cáritas est (25 de diciembre de 2005), n. 17.

[6] Cf. Juan Pablo II¸Carta Encíclica Redemptor Hominis (4 de marzo de 1979), n. 10.

[7] Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Familiaris Consortio (22 de noviembre de 1981), n. 11 y en Congregación para la Educación Católica, Orientaciones educativas sobre el amor humano. Pautas de educación sexual (1 de noviembre de 1983), n. 56.

[8] Conferencia Episcopal Española, Directorio de Pastoral Familiar (21 de noviembre de 2003). n. 32.

[9] Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et Spes (7 de diciembre de 1965), n. 22.

[10] Catecismo de la Iglesia Católica (11 de diciembre de 1992), n. 1612.

[11] Conferencia Episcopal Española, Directorio de Pastoral Familiar (21 de noviembre de 2003), n. 32.

[12] Pablo VI, Carta Encíclica Humanae Vitae (25 de julio de 1968), n. 8.

[13] Cf. Josemaría Escrivá, Es cristo quien pasa, n. 23.

[14] Catecismo de la Iglesia Católica (11 de diciembre de 1992), n. 2331.

[15] Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et Spes (7 de diciembre de 1965), n. 48.

[16] Cf. Ibíd.

[17] Pablo VI, Carta Encíclica Humanae Vitae (25 de julio de 1968), n. 11.

 

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